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Auto mal estacionado: valor del parte y cómo evitarlo

Es posible que recibas una multa por estacionar mal sin darte cuenta. Aquí te explicamos cómo evitarlo, qué hacer y cuánto pagar. ¡Sigue leyendo!

Escrito por Paula Tamayo

Un parte por haber estacionado mal tu auto podría sorprenderte en cualquier momento y aún más cuando vayas a renovar el permiso de circulación y te des cuenta de que se encuentra reportado ante el Registro Nacional de Multas Impagas. A menos que hayas estado presente cuando te sea impuesta la sanción, el parte por dejar tu auto mal estacionado está clasificado como parte empadronado, por lo tanto, será informado al dueño del vehículo por correo certificado.

Si no cuentas con tu información actualizada en el sistema, es probable que no sepas que tienes un parte por mal estacionado. Es muy común cometer esta infracción por falta de atención o por desconocimiento de las normas de tránsito. Por otra parte, no está de más que te informes acerca de cómo averiguar si tienes multas impagas.

¿Cuánto sale un parte por un auto mal estacionado?

Estacionar tu auto en zonas prohibidas es una falta grave o menos grave según el lugar y la señal que se infrinja. El rango del valor del parte por dejar tu auto mal estacionado oscila entre 0,5 UTM y 1,5 UTM (entre $32.986 y $65.967, según el valor de la UTM en julio del 2024). Sin embargo, puedes acceder al descuento del 25% si realizas el pago dentro de los 5 días posteriores a la notificación del parte.

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¿Qué leyes regulan el estacionamiento en Chile?

La ley de tránsito es la ley 18.290, el cual es el documento que establece las normas de todos los actores viales, ya sean, conductores, peatones y pasajeros en cualquier vehículo. Adicional, se encuentra presente el Decreto 16296, acerca de la “Ordenanza que regula el retiro de vehículos abandonados o mal estacionados sin su conductor, contraviniendo las disposiciones de la ley de tránsito”

TÍTULO I: 
Artículo 1: La presente Ordenanza tiene por objeto regular el procedimiento aplicable al retiro de vehículos abandonados o que se encuentren mal estacionados sin su conductor, contraviniendo las disposiciones de la Ley de Tránsito, en bienes nacionales de uso público administrados por la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar (en adelante, “Municipalidad” o “Municipio”) o en bienes de dominio municipal, sin distinción y excepción alguna.

¿Cómo evitar un parte por mal estacionado?

Para evitar recibir un parte por estacionar mal tu auto, no hay otra respuesta que estar atento a las señales de tránsito y a las demarcaciones viales que indican claramente dónde está prohibido estacionar. Además, es crucial conocer la normativa de tránsito vigente y cumplirla en todo momento. Esto no solo te ayudará a evitar multas, sino que también contribuirá a una circulación más segura y ordenada en las calles.

Valores de los partes según la gravedad

Falta Grave: de 1 a 1,5 UTM

Falta Menos Grave: de 0,5 a 1 UTM

En caso de recibir un parte por estacionar mal tu auto, tu seguro de auto no cubrirá el valor de la multa. Sin embargo, en situaciones de accidentes relacionados con estacionamiento indebido, puedes contar con el respaldo de tu seguro.

Por ejemplo, si te estacionas muy cerca de una esquina y otro vehículo, al realizar un giro, choca contra tu automóvil, podrás utilizar la cobertura de responsabilidad civil de tu seguro para cubrir los gastos que sufra el otro vehículo y sus ocupantes. De manera similar, el seguro de auto proporciona una cobertura de daños propios que te respaldará en la reparación de los daños sufridos por tu propio vehículo en dicho accidente.

¿Qué sucede si no se paga un parte por mal estacionado?

Como te comentamos anteriormente, tu multa se conoce como “parte patronado” y al quedar vinculado a los datos del vehículo podrías presentar otro tipo de inconvenientes como:

— Impedimento para renovar tu permiso de circulación

— Intereses adicionales hasta que realices el pago del parte

— Podrían remolcar tu auto

— Si en un futuro deseas vender tu auto, es probable que el comprador te exija que pagues todas las multas o te pida el certificado de multas impagas, y esto podría impedir la venta. 

Es por esto, que lo más recomendable es que trates de pagar tu parte dentro de los primeros 5 días hábiles, para que así también tengas la posibilidad de obtener un descuento y evites inconvenientes (algunos graves) a futuro.  

¿Es posible apelar un parte por mal estacionado?

La respuesta a esta pregunta es que sí. Puedes hacerlo, puedes hacer uso del recurso de apelación de la ley 18.287 la cual indica lo siguiente: 

“ARTICULO 21° Si aplicada una multa y antes de ser pagada se pidiere reposición, haciendo valer el afectado antecedentes que a juicio del Tribunal comprueban la improcedencia de la sanción o su excesivo monto, el Juez podrá dejarla sin efecto o moderarla, según lo estimare procedente, en resolución fundada. Este recurso sólo podrá ejercitarse dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la resolución condenatoria.”

Sin embargo, debes tener en cuenta que, es probable que tu apelación sea improcedente, todo depende de la situación en la que tu parte fue interpuesto, no olvides que puedes hacer uso de este recurso solo dentro de los primeros 30 días siguientes a la notificación de tu parte.

En resumen, es importante estar al tanto de las implicaciones de recibir un parte por estacionamiento indebido y tomar medidas para evitarlo o apelarlo. El conocimiento de las normas de tránsito y el respeto por las señales viales son fundamentales para evitar multas y garantizar una conducción segura. Además, contar con un seguro de auto adecuado te brinda respaldo en caso de accidentes relacionados con este tipo de infracciones. Ingresa a Compara y utiliza nuestro cotizador online para elegir el seguro más conveniente al mejor precio del mercado.