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Diccionario del seguro automotriz: algunos conceptos difíciles

Antes de comprar un seguro automotriz, el consejo es estudiar bien cada detalle de la póliza. Un trabajo que no es menor cuando ni siquiera sabemos muy bien qué significa: póliza. Tampoco capital asegurado, o deducible, o prima, o un sinfín de conceptos que por lo general sólo manejan los que están dentro de ese mundo […]

Diccionario del seguro automotriz

Escrito por Clara Escobar

Antes de comprar un seguro automotriz, el consejo es estudiar bien cada detalle de la póliza. Un trabajo que no es menor cuando ni siquiera sabemos muy bien qué significa: póliza. Tampoco capital asegurado, o deducible, o prima, o un sinfín de conceptos que por lo general sólo manejan los que están dentro de ese mundo y su lenguaje.

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) elaboró una lista de esas palabras que comúnmente se leen en los contratos y se escuchan de las aseguradoras y los corredores. Por esto es que Compara seleccionó algunas de ellas para crear el “diccionario del seguro automotriz”: de la A a la Z.

Conceptos básicos: partir por lo primero

Asegurado: Persona que contrata un seguro para quedar libre de riesgo.
Asegurador: Empresa, autorizada por la SVS, que asume la cobertura del riesgo.
Beneficiario: La persona que recibe la indemnización o prestación.
Capital Asegurado: Es el monto máximo pagable en caso de siniestro, estipulado en el contrato.
Cobertura: Responsabilidad asumida por una compañía aseguradora de hacerse cargo del riesgo y las consecuencias económicas derivadas de un siniestro, hasta el límite estipulado.
Cotización: Es un documento que puede provenir de una compañía de seguros o de un corredor, y que  tiene las alternativas de cobertura y tarifa de los diferentes seguros.
Deducible: Es el monto que el cliente debe pagar en caso de siniestro, y que corresponde a la parte que la compañía de seguros no cubre. Generalmente, el deducible varía de 0 a 10 UF según el plan contratado.
Ejemplo: si el cliente tiene un siniestro y contrató un plan con 3 UF de deducible, entonces el cliente paga sólo las primeras 3 UF, y la compañía de seguros paga la diferencia.
Pérdida Total: Supone la pérdida completa o la destrucción del 75% del auto asegurado. El dinero correspondiente al  valor del vehículo, se le devuelve al cliente.
Póliza de Seguro: Es el contrato del seguro. Debe contener todas las normas que de forma general, particular o especial, regulan la relación contractual convenida entre el asegurador y el asegurado.
Prima: Es el precio que se debe pagar para tener un seguro.
Seguro de Responsabilidad Civil: Responde por el daño que pueda tener su patrimonio a consecuencia del reclamación que le efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir, tanto el propio asegurado, como aquellas personas por las cuales él responda civilmente.
Seguro de Robo: Cubre los daños sufridos en los objetos asegurados a consecuencia de la desaparición, destrucción o deterioro por robo.
Seguro de Vehículos Motorizados: Tiene por objeto la indemnización a consecuencia de accidentes producidos por la circulación de vehículos, referidos a los daños propios del auto, al robo, hurto o uso no autorizado y a la responsabilidad civil por daños a terceros.
SOAP (Seguro Obligatorio de Accidentes Personales): Es aquel seguro que deben contratar todos los propietarios de vehículos motorizados en circulación. Está destinado a indemnizar a las personas que resulten lesionadas en un accidente en que participen vehículos motorizados. Debe presentarse al momento del pago del permiso de circulación de la Municipalidad respectiva.
Terminación del Seguro: Se refiere al hecho que pone fin a la vigencia del contrato de seguro, ya sea por la llegada del plazo de duración pactado, por el no pago de primas o por la ocurrencia del siniestro.

Varios más

Buena Fe: Principio básico y característico de todos los contratos que obliga a las partes a actuar entre sí con la máxima honestidad, a interpretar el sentido real de los términos convenidos, ni limitar o exagerar sus efectos.
Carencia: Período definido durante el cual el asegurado paga primas pero no recibe la cobertura definida en la póliza. Se extiende desde la fecha de inicio del contrato, hasta una fecha posterior determinada.
Condiciones Generales: Son las cláusulas clásicas de los contratos de seguros, tales como; riesgos cubiertos, exclusiones, derechos, obligaciones y cargas del contrato, etc.
Condiciones Particulares: Son aquellas estipulaciones que permiten distinguir una póliza de seguros determinada. Como por ejemplo; requisitos de aseguramiento, deducibles, beneficiario, asegurado, etc.
Contratante: Es la persona que contrata el seguro.
Duración del Seguro (Vigencia): Es el período durante el cual el Asegurador toma bajo su cargo los riesgos cubiertos por la póliza.
Edad Límite (Mínima y Máxima): Es la máxima o mínima edad preestablecida para contratar o renovar una póliza existente.
Endoso: Documento que da cuenta de una modificación por escrito de la póliza.
Exclusiones: Son las circunstancias o excepciones de cobertura y que se encuentran específicamente enunciados en la póliza.
Indemnización: La cantidad de cargo del asegurador en caso de siniestro, establecida en la póliza.
Interés asegurable: Es la relación económica entre una persona y un objeto que habilita la contratación de un seguro.
Liquidación de Siniestro: Procedimiento para conocer los daños provocados por un siniestro, determinar la procedencia de la cobertura contratada en la póliza y la indemnización a pagar, si es que corresponde. (Liquidador de Siniestros: Persona natural o jurídica, autorizada para investigar si el siniestro se encuentran o no amparado por la póliza).
Renovación Automática: Es el acuerdo entre las partes por el cual el seguro puede prorrogarse por un nuevo período de vigencia.
Riesgos Inasegurables: Son aquellos riesgos que las aseguradoras dejan fuera de la cobertura.
Seguro de Accidentes Personales: Aquel que tiene por objeto pagar indemnizaciones en caso de accidentes que motiven la muerte o la incapacidad del asegurado.
Seguro de Crédito: Tiene por objeto garantizar a una persona el pago de los créditos que tenga a su favor cuando se produzca el incumplimiento de pago por la irresponsabilidad de sus respectivos deudores.
Seguros Colectivos: Son aquellos contratados por un conjunto de personas, o a favor de un conjunto de personas, en virtud de un vínculo contractual, legal o institucional.
Seguro de Gravamen: Aquel en que el asegurador se compromete a pagar al acreedor beneficiario el saldo insoluto de la deuda indicada en el contrato que se encuentre pendiente a la hora de la muerte del deudor que contrata el seguro.
Cotizar: Evaluar atributos entre dos o más objetos, para descubrir sus relaciones o estimar sus diferencias o semejanzas. El seguro automotriz lo puedes cotizar desde el 15 de octubre en nuestro comparador online. Recuerda que si cotizas de manera responsable puedes ahorrarte varios pesos y elegir por la opción que consideres más conveniente.

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