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Normas para pasajeros con requerimientos especiales

Te mostramos una lista de políticas para ellos, además de consejos para hacer valer sus derechos.

Escrito por Clara Escobar

Consejo: No viajar en el último trimestre de embarazo.
Consejo: No viajar en el último trimestre de embarazo.

Viajeros como mujeres embarazadas, niños recién nacidos, diabéticos o personas discapacitadas, entre otros, tienen algunos requerimientos a la hora de volar en un avión. A continuación te mostramos una lista de normas para ellos, además de consejos para hacer valer sus derechos como pasajero.

La Dirección General de Aeronáutica Civil establece que las personas que tienen alguna discapacidad pueden volar solos, siempre y cuando presenten un certificado médico que acredite su auto valencia. Esta norma vale también para los enfermos orgánicamente descompensados, agónicos o inconscientes que sólo pueden viajar bajo rígidas medidas de seguridad, que involucran hasta las autoridades de salud.

A las mujeres embarazadas, en tanto, la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) les recomienda no viajar en el último trimestre de embarazo,
con mayor razón si han tenido problemas durante la gestación. Muchas aerolíneas exigen una carta del médico confirmando la buena salud y la fecha estimada del parto a partir de la semana número 28 de embarazo.

Tampoco es recomendable que un recién nacido vuele durante los primeros meses ya que la presión de la cabina puede causar dolor en sus oídos. Lo aconsejable es que lo haga a partir de los seis meses en adelante.

Para las personas vegetarianas, diabéticas o celíacas, las aerolíneas tienen disponibles menús libres de grasa, bajo en colesterol, sin azúcar o sin lactosa. Si eres uno de ellos o conoces a alguno que viajará pronto, el consejo es solicitarlos entre 48 y 24 horas antes del vuelo, para no tener problemas.