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Tipos de partes de tránsito y sus costos

Hay faltas Gravísimas, Graves, Menos Graves y Leves. Aquí los precios y la clasificación de las multas.

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Escrito por Clara Escobar

El que esté libre de parte que lance la primera piedra. Aquí les mostramos las sanciones a las que se pueden exponer si llegan a infringir la ley.

Lo primero es tener en cuenta que hay diferentes tipos de infracciones, que se dividen entre aquellas que son Gravísimas, Graves, Menos Graves y Leves. Mientras más “grave” es la multa, más cara es.

En una infracción de carácter Gravísimo la multa en dinero puede ir desde las 1,5 UTM hasta 3 UTM, según la Ley de Tránsito. Para las infracciones Graves los montos pueden ir desde 1UTM a 1,5 UTM, mientras que para las Menos Graves el valor oscila entre 0,5 UTM y 1 UTM. Por último, al cometer una infracción leve deberá pagar una multa que va entre las 0,2 UTM y 0,5 UTM. Saque la calculadora porque la UTM para Octubre de 2009 está en $36.498.

El escenario se ve negro, pero si pagas dentro de los primeros cinco día hábiles tendrás un descuento de un 25% en el monto final a pagar. Eso sí, si las infracciones de carácter Gravísimo no están afectas a este beneficio. Tampoco aquellas en donde existan daños materiales o lesiones.

Luego, para retirar los documentos, deberás concurrir a la unidad de Carabineros, Ministerio de Transportes o Dirección de Inspección según corresponda. La recomendación es apurarse y pagar dentro de los primeros días, especialmente si se acerca el momento de sacar el permiso de circulación, ya que no es posible hacerlo si tu auto tiene multas pendientes. Si necesitas comprobar si tienes alguna multa pendiente, lo podrás hacer en el Registro de Multas del Tránsito No Pagadas del Registro Civil.

Tipos de multas

FALTAS GRAVÍSIMAS

1. Conducir bajo la influencia del alcohol.
2. Conducir el vehículo bajo influencia drogas o estupefacientes.
3. No respetar señal pare.
4. No respetar la luz roja del semáforo.
5. Conducir el vehículo a mayor velocidad de la máxima legal permitida. Dependiendo del rango del exceso dependerá si es “menos grave, grave o gravísima”.
6. Conducir sin haber obtenido licencia de conducir.

ALGUNAS FALTAS GRAVES

1. Conducir vehículo en condiciones físicas deficientes.
2. Conducir vehículo en condiciones psíquicas deficientes.
3. Revisión Técnica vencida o rechazada.
4. Sobrepasar a otro vehículo por berma.
5. Con una licencia de conducir distinta a la que corresponde, salvo que se requiera licencia profesional.

ALGUNAS FALTA MENOS GRAVES

1. Estacionar al costado izquierdo, sobre la vereda, bandejón, o lugar que sea el señalado como falta grave.
2. Conducir vehículo marcha atrás.
3. Conducir con exceso de carga o pasajeros.
4. Conducir vehículo usando indebidamente luces.
5. No cumplir o respetar normas para vehículos de emergencia que le dan preferencia.
6. No hacer señales debidas antes de virar.

Le recomendamos tomar consciencia de estas infracciones y evitar cometer alguna de ellas. Sobre todo, no tome alcohol si conduce y sea prudente al manejar para no ocasionar siniestros. Y si es víctima de un accidente, no olvide que el seguro de auto le facilitará el pago de los daños del auto y las personas. Contrate uno y conduzca seguro.